Actualmente , si nos damos cuenta nuestra vida se basa en internet , todo esta ligado a ello , nuestras cuentas bancarias , fotos , blogs , etc.. Pues a la hora de testar , como en Consumer nos dicen muchos expertos , seria bueno plantearse que en el testamento se incluyan : contraseñas , cuentas , correos del testador para facilitarles el acceso a sus herederos y claro esta , que en el testamento se especifique lo que estos han de hacer con esta Herencia Digital.
Los expertos aconsejen incorporar en el testamento las
distintas claves y contraseñas para que los herederos puedan tener acceso a ellos.
En cuanto al termino , para dejarlo mas claro debemos tener en cuenta que el " patrimonio digital " es igual que transferible que el patrimonio fisico. Esta idea surgio entre los navegadores ciberneticos británicos.
Pero : COMO SE GESTIONA?
Según el ilustre colegio de abogados de Barcelona : "para gestionar estas herencias sería necesaria la designación de un "albacea digital".
Pero es una figura que aun no esta recogida en nuestro ordenamiento juridico.Y finalemente he de decir que en cuanto a las herencias digitales se trata , estoy totalmente de acuerdo con ellas , debido a que es muchisimo mejor poder tener acceso a las cuentas , perfiles , etc del difunto , par asi poder proceder a su gestion con libertad y por ejemplo no tener cuentas fantasma o perfiles privados fantasma rondando por el ciberespacio , cuando esa persona ya no esta.
Y por lo que veo hay muchas personas que ya se lo plantean y que incluso se han creado paginas explicando su funcionamiento de una manera mas detallada , como por ejemplo esta: Tu herencia digital.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario