domingo, 3 de noviembre de 2013

Los hijos siempre heredan.

En este post , explicare lo que la noticia de consumer de mayo del 2002 nos dice:  " Aunque parezca raro , hacer testamento no es un acto libre" , Por qué nos dice esto? Vamos a ello.

En el Artículo 791 se ve reflejado la idea principal de el texto:
Las condiciones impuestas a los herederos y legatarios, en lo que no esté prevenido en esta sección, se regirán por las reglas establecidas para las obligaciones condicionales.

Según la ley existen unos herederos forzosos , que son los primeros en el derecho a heredar los bienes de un fallecido, heredaran un minimo por ley  ya que no se les puede privar de este derecho. Pero claro debemos siempre tener en cuenta que es distinto en las ciudades regidos por derecho civil foral.

Segun el Artículo 807
 son herederos forzosos:

1.º Los hijos y descendientes respecto de sus
 padres y ascendientes.
2.º A falta de los anteriores, los padres y ascendientes 
respecto de sus hijos y descendientes.
3.º El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

Entonces sin olvidar esto , comenta que en el común , los hijos heredan 2 terceras partes de los bienes, y si existe un conyuge viudo tiene derecho a una parte de esas dos terceras partes de los hijos y es aqui donde se produce el usufructuo , que como he explicado en otras entradas es que el conyuge vivo tiene derecho a el uso y disfrute ( sin privacion de este por parte de los hijos) durante el tiempo estimado en el que viva .
Aqui suelen surgir problemas entre los hijos y el conyuge viudo , por lo que :

En el Artículo 839 esta escrito que:
Los herederos podrán satisfacer al cónyuge su parte de usufructo, asignándole una renta vitalicia, los productos de determinados bienes, o un capital en efectivo, procediendo de mutuo acuerdo y, en su defecto, por virtud de mandato judicial.

Asi nos evitamos problemas.

De este modo , como podemos ver solo queda disponible una tercera parte de los bienes del difunto sobre los cuales el pre-fallecido podra disponer en su testamento , por eso en este articulo el encabezamiento es asi: no es un acto totalmente libre. Pero tambien cabe mencionar que una persona al no tener hijos , la mitad de sus bienes pasan a sus padres..
Y.. QUE PASA CUANDO SE ES SOLTERO Y NO SE TIENE HIJOS NI PADRES? Solo aqui podremos decidir libremente que sucede con la totalidad de nuestros bienes.(entonces he aqui como siempre una excepcion)

Pero quien no sabe la frase .. "no dejes para mañana lo que puedes hacer hoy".. que actualmente se ha cambiado por "no dejes para hoy lo que se puede hacer mañana" (jaja). Pues aqui es cuando surge la sucesion intestada que ya comente en anteriores entradas. Asi que , seamos sensatos y pensemos en el futuro de nuestro patrimonio.


2 comentarios:

  1. muchas gracias por la informacion spre viene bien!!
    Besos
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